casco insumissia fusil roto
x
casco insumissia fusil roto

Para ponerse en contacto con nosotr@s envíanos un email a noticias @ antimilitaristas.org.

La madre de un insumiso escribe la crónica de lo que fueron aquellos años

Insumisión. Una forma de vida. 1ª parte: «Un poco de historia»

Insumisión. Una forma de vida. 1ª parte: «Un poco de historia»

Publicamos en diez entregas esta crónica de la Insumisión en el estado español escrita desde la clave de Rosario Domínguez, la madre de un insumiso, a quien damos las gracias por poner por escrito sus vivencias y esta hermosa historia. Insumissia.

1ª parte: Un poco de historia

2ª parte: Las cárceles militares

3ª parte: Un insumiso en la cárcel

4ª parte: Pero no nos queremos quedar con los brazos cruzados

5º parte: La guerra

6º parte: La asociación de madres, padres y amigos de objetores de conciencia insumisos

7ª parte: La insumisión como forma legítima de transformación social

8ª parte: La insumisión legitimada por razonamientos jurídicos

9ª parte: Las cárceles civiles; centros de exterminio

10ª parte: La Insumisión en los Cuarteles: un paso adelante

Queridos amigos y amigas, soy la madre de un insumiso de Madrid, Enrique, de los primeros que fueron encarcelados en prisiones militares y más tarde en las cárceles civiles. Estuvimos luchando durante más de diez años en la Asociación de madres, padres y amigos de objetores de conciencia insumisos. Tenía pensado escribir estas experiencias hace mucho tiempo, pero no he podido hasta ahora. Como ya lo he terminado os lo envío esperando que recordéis esos días, de los que ya nadie habla y nos gustaría que fuera motivo de debate y no se perdieran en el olvido aquellas historias. Un abrazo de Charo.


Insumisión

Una forma de vida

A mi hijo Enrique que me hizo insumisa.

A todos nuestros queridos hijos insumisos

Las madres Insumisas que aprendimos de nuestros hijos, y luchamos junto a ellos por defender el derecho a la objeción de conciencia, sentimos y pensamos que estos años de lucha no deben perderse en el olvido porque forman parte de la historia más reciente de nuestro país. Por este motivo, y para despertar la conciencia dormida de esta sociedad, es por lo que quiero dejar por escrito esta parte de nuestra vida, que estuvo ligada durante muchos años, al menos 10, a la de nuestros hijos Objetores de Conciencia Insumisos.

UN POCO DE HISTORIA DEL MOVIMIENTO DE OBJECIÓN DE CONCIENCIA AL SERVICIO MILITAR EN ESPAÑA.

En principio haremos una breve definición de la objeción de conciencia:
Ampliamente se entiende por objeción de conciencia la negativa a obedecer una orden o norma legalmente establecida , invocando la existencia de una norma de rango superior, interna o externa, pero no escrita , que le impida asumir la conducta prescrita. Ante la injusticia o la aberración debe llegar un momento en que el hombre o la mujer, ha de negarse a obedecer a un jefe o una ley, si quiere ser fiel no solamente a su conciencia individual, sino sobre todo a la conciencia colectiva o bien común, desautorizando así, las doctrinas de la “obediencia debida” de los procesos de Nuremberg o más recientemente de Argentina.
Desde la filosofía se puede incluso justificar el reconocimiento de un derecho general a la objeción de conciencia, algo rechazado desde instancias gubernamentales porque socavaría el Estado de Derecho que sustenta el mismo concepto de Estado.

Por ello los Estados regulan aquellas disidencias que adquieren relevancia en un claro intento de evitar que cuestionen la continuidad de la norma. Porque si bien la desobediencia individual no resulta una amenaza para el orden establecido, lo cierto es que su contagio hace que comience a serlo.

En este sentido, podemos hablar en propiedad de la objeción de conciencia como una manifestación de la desobediencia civil. El primero que utilizo este término fue Thoureau “El deber de la desobediencia civil”( Ed. Parsifal, Barcelona 1989) . Las ideas de Thoureau fueron asumidas por los cuáqueros, hoy firmes defensores de la objeción de conciencia, por Tolstoi y por Gandhi. Otros muchos más (Dolci, Milani, Luther King), han secundado la desobediencia civil como método para acabar con las leyes o con situaciones injustas , abrazando la no violencia como estrategia o como forma de vida.

El término objeción de conciencia, responde en su origen a una acción colectiva de desobediencia civil promovida por Gandhi en Sudáfrica. Simultáneamente en Europa a comienzos del siglo XX, se produce una explosión antimilitarista, que acompaña al incipiente movimiento obrero. Aquellos que se oponían a las confrontaciones bélicas, se autodenominaban objetores de conciencia. Después durante la 1ª y 2ª guerra mundial pasaron a llamarse “resistentes a la guerra”, marcándose como objetivo la eliminación de las guerras y la abolición de todas sus causas y es hoy en día la entidad que reúne a las organizaciones de objetores con contenido antimilitarista.

La objeción de conciencia al servicio militar es una expresión nítida e indiscutible de la desobediencia civil. Ofrece una estrategia fundamental a todos los comprometidos en la lucha por la paz. No se trata sólo de hacer desaparecer las armas de destrucción masiva y el comercio de armamento. La cuestión es erradicar los valores que alguna vez los hicieron posibles. Para ello es necesario fortalecer la conciencia social, en el sentido de rechazar la pasividad de los ciudadanos frente a los preparativos militares del Estado.

La objeción de conciencia en el Estado Español fue desde sus comienzos un frente de oposición a la dictadura y a su régimen militar. Las leyes contemplaban como un honor defender a España con el ejército. En la cabeza del poder no cabía la posibilidad de que alguien se negase a tal honor. Mentalidad, que todavía existe en las cúpulas militares.

A finales de los años 50, en pleno franquismo, los Testigos de Jehová se niegan a coger las armas cuando son llamados a filas declarándose objetores de conciencia. Un año más tarde se niegan a realizar el servicio militar, pasando muchos años en prisión. Como en el Código de Justicia Militar de 1945 no estaba previsto la negativa a realizar el servicio militar, se les condenaba por el delito de desobediencia que se castigaba con una pena de 6 meses a 6 años de prisión. Al termino de la condena se les obligaba de nuevo a realizar el servicio militar y al negarse, volvían a ser condenados con lo que enlazaban unas condenas con otras, pasando así muchos años encarcelados, siendo duramente reprimidos. Sus motivos fueron esencialmente religiosos, no entraban en consideraciones políticas, éticas o filosóficas.

Hasta los años 70 la sociedad no tuvo conocimiento de estos primeros objetores, debido en parte al aislamiento de su comunidad, a la censura de prensa y a su reclusión en castillos militares como el penal de la Mola en Mahón, donde pasaron la mayor parte de su condena olvidados entre los demás reclusos a los que se les conocía por el nombre de los “penitos.”

En este mismo año el Gobierno envía un proyecto de ley a las Cortes, sobre la Objeción de Conciencia, que es rechazado por la Comisión de Defensa compuesta en su mayoría por militares, tachando a los objetores de locos, delincuentes y traidores. Otro segundo proyecto de ley, presentado al año siguiente es igualmente rechazado.

Puede señalarse el año 1971 como el inicio del Movimiento de Objeción de Conciencia, cuando Pepe Beunza, católico practicante, se niega a realizar el servicio militar, no solamente por razones de índole religiosa sino también por motivaciones políticas, declarándose pacifista y antimilitarista .Es encarcelado durante varios años primero en la cárcel Modelo y en la de Jaén, y sometido posteriormente a un Consejo de Guerra que le castiga duramente, siendo trasladado al Aaiún a una compañía disciplinaria de la Legión, con los peores delincuentes. Fue sometido a otro Consejo de Guerra, pasando por varias cárceles hasta el año 1974 que es puesto en libertad. Conocimos personalmente a Pepe en Barcelona en un encuentro de madres y padres de Insumisos. Es un hombre de 59 años , ingeniero técnico agrícola, simpático y vitalista que sigue luchando por la no violencia activa. Con Pepe La Objeción de Conciencia comienza a ser conocida por la sociedad , sobre todo por los apoyos que recibió , tanto a nivel nacional como Internacional, como la famosa marcha que se realizó desde Ginebra hasta la cárcel de Valencia. Entonces se agitó un movimiento no violento europeo. En Notré Dame de Paris se colgó una pancarta gigante que rezaba: “Libérez Pepe”

Esta solidaridad internacional, se expresó en la recomendación que hizo a España el Consejo de Europa para que se regulase la objeción de conciencia

En este mismo año, 1973, cuando el régimen franquista vivía sus últimos momentos, se aprueba el artículo 383 del Código de Justicia Militar, condenando a los objetores a una pena de 3 a 8 años de prisión, terminando así con las condenas en cadena.
Un año más tarde Pepe Beunza sale de la cárcel definitivamente y junto con algunos de los componentes de la Marcha a Ginebra diseñan un proyecto para la creación de un Cuerpo de Voluntarios para el Desarrollo. Consistía en la realización de un servicio civil de dos años de duración que sustituiría al servicio militar. Este servicio estaría controlado por el Gobierno. Pero ante la negativa del Ministerio de aceptar esta propuesta cinco de los jóvenes firmantes del manifiesto de Voluntarios para el Desarrollo, inician un servicio civil en el barrio de Can Serra en L’ Hospitalet de Llobregat, declarándose objetores de conciencia. Reivindicaban un servicio civil autogestionado como un paso hacia el reconocimiento de la objeción de conciencia. Fueron encarcelados, hasta que en el año 1976 el Gobierno decreta un indulto que incluía a los objetores. Hasta esta fecha se calcula que entraron en las cárceles cerca de 300 objetores de conciencia.

A finales del año 1976, durante el gobierno de Adolfo Suárez se regula un Decreto Ley (3011/76), de carácter religioso, que impone un Servicio Cívico de 3 años, en sustitución del Servicio Militar. Pero ni siquiera llegó a ser aplicado, porque no se presentó ninguna solicitud, debido a la campaña de los objetores de conciencia que ya en este año habían alcanzado una gran notoriedad y se habían organizado a nivel estatal, creando el Movimiento de Objeción de Conciencia (MOC) .
Ante el conflicto que se había generado, el entonces Ministro de Defensa Sr. Gutiérrez Mellado, dictó una orden a todas las Capitanías Militares para que se apartara del servicio militar a todos los que al incorporarse a filas o estando prestando el servicio se declararan objetores de conciencia bajo la concesión de una prórroga hasta que la ley regulara la objeción de conciencia.

En estas circunstancias la U.C.D. entonces en el poder, plantea un Proyecto de Ley de objeción de conciencia que es rechazado por toda la oposición parlamentaria.

El propio P.S.O.E. critica el proyecto tanto en las sesiones parlamentarias como en su propuesta alternativa, desarrollada en “Cuadernos Parlamentarios” nº 8, Madrid 1981, elaborado por Gregorio Peces Barba ( que a su vez presidió el Congreso de los Diputados en la posterior aprobación de la ley reguladora de Objeción de Conciencia de 1984) , en donde se exponía:

“El proyecto del Gobierno, escasamente sensible a la libertad de conciencia estima que sólo podrá hacerlo quien sea llamado a cumplir sus obligaciones militares, olvidando que, con posterioridad a ese momento es factible el ejercicio del derecho subjetivo, precisamente porque las convicciones no son estáticas; pueden modificarse sin necesidad de declararlo;( Art. 16.2 de la Constitución).....
“Es evidente que esa mayor duración no puede tampoco encubrir una especie de castigo a la conciencia, como sucede por ejemplo en la legislación francesa o en el proyecto de ley del Gobierno, que establece que la prestación excederá de un año a la del periodo vigente para el servicio en filas, que puede ser superior al doble de ésta”.

En octubre de 1977, se declara la Ley de Amnistía que se hizo extensible de forma global a: “Cuantos hubieran sido condenado por declararse opuestos a la prestación del servicio militar por motivos de conciencia”.

El Movimiento de Objeción de Conciencia se va organizando a nivel estatal, convocando el primer Congreso en Euskadi donde se elabora una estrategia de acción no violenta, oponiéndose tanto al servicio militar como al servicio civil.

En este periodo van surgiendo grupos antimilitaristas en toda las provincias como el grupo Anti- Otan de Barcelona (GAMBA), que se extiende con rapidez pudiendo celebrar el primer Encuentro de Organizaciones Pacifistas Anti- Otan en Zaragoza.

El MOC en esta época profundiza en sus planteamientos ampliando su contenido a otros aspectos como la Objeción Fiscal educación para la Paz, participación de la mujeres en la lucha antimilitarista, participación en manifestaciones Anti- OTAN etc. En el encuentro que se celebra en Barcelona en 1984 se debate la estrategia a seguir ante la nueva Ley de Objeción de Conciencia presentada por el PSOE , donde se rechaza tanto el servicio militar como la P.S.S.

Con el Gobierno del P.S.O.E, se inicia el camino hacia la Insumisión que venía ya gestándose durante estos años. Con la Ley de Objeción de Conciencia (L.O.C), ley 48/84 del 26 de diciembre de 1984 aprobada durante el gobierno de Felipe González se pretendía terminar con el problema de los objetores, al crear una Prestación Social Sustitutoria al servicio militar (P.S.S.), pero el problema lejos de solucionarse se agravó debido a la oposición del M.O.C y de una gran mayoría de jóvenes contrarios al servicio militar. Esta Ley creaba un Consejo Nacional de la Objeción de Conciencia (C.N.O.C.) encargado de determinar quien eran declarados objetores y quien no, negando así la Objeción de Conciencia como un derecho fundamental.

El Consejo funcionó tarde y mal . Se pretendía despolitizar la lucha , seleccionando a los objetores. Ante esto el M.O.C reacciona presentando el 15 de mayo de 1985 una DECLARACIÓN COLECTIVA de OBJECIÓN DE CONCIENCIA ante los gobiernos civiles. Esta declaración suponía un desafío a la L.O.C. al no reconocer autoridad ninguna al Consejo. El Gobierno se vio en una situación bastante comprometida al tener que reconocer como objetores a aquellos que no cumplían los requisitos que marcaba la Ley, en espera de la resolución del Tribunal Constitucional al recurso interpuesto por el Defensor del Pueblo, Joaquín Ruiz Jiménez , a instancia del M.O.C. y de organizaciones pacifistas y de la cuestión de inconstitucionalidad que presentó la Audiencia Nacional para que se regulara el Derecho Fundamental de la Objeción de Conciencia y sobre los plazos para declararse objetor ya que la ley no reconocía a los que objetaban una vez incorporados a filas.
Las declaraciones colectivas fueron admitidas hasta febrero de 1988 reconociéndose unos 10.000 objetores.

En octubre de 1987 el Tribunal Constitucional desestima los recursos interpuestos tanto por el Defensor del Pueblo, como el de la Audiencia Nacional considerando que la objeción de conciencia no es un derecho fundamental sino constitucional, y que el C.N.O.C. es el que otorga la condición de objetor, penalizando la objeción de conciencia con un servicio sustitutorio del servicio militar (P.S.S.).

Es extraño que el Gobierno del P.S.O.E., legislara poder hacer una prestación sustitutoria del servicio militar, cuando esa idea fue puesta en práctica voluntariamente por los que se declararon objetores en L’ Hospitalet y por ello fueron encarcelados. Se pierde así el carácter social de la prestación, al hacerse obligatoria, convirtiéndose en un servicio militar encubierto, en un castigo para los objetores. Así no entiende la objeción como un derecho fundamental de la sociedad que aspira a un mundo en paz, sino como una exención de la mili; Se prohíbe objetar cuando se está en filas, se establece un régimen punitivo muy duro para los objetores, se obliga a declarar ante un tribunal las razones para objetar , permitiendo que se investigue sobre las mismas, se vincula la objeción y la exención del servicio militar a la realización forzosa de una prestación equivalente a la militar y sustitutoria de este a la que incluso se endurece con una mayor duración .El M.O.C. se opone frontalmente a la realización de la P.S.S. por las consideraciones antes expuestas además de resaltar su carácter insolidario, al ser los prestacionistas mano de obra gratuita ocupando puestos de trabajo.

Ante este panorama legal se plantean directamente LA INSUMISIÓN al servicio militar todos los objetores a los que el C.N.O.C. no reconoce como tales, los que no son reconocidos por la Declaración Colectiva, los que se declaran objetores sin mandar la instancia al Consejo, los que objetan una vez incorporados a filas o sobrevenidos, y todos los que vuelven a objetar o reobjetores. Al Gobierno se le plantea un grave problema al carecer de infraestructuras para la realización de la P.S.S. ante la enorme cantidad de objetores, optando por aplicar una “Amnistía” de la que se beneficiaron unos 22000 objetores. Los “Amnistiados realizan una quema de documentos y envían al gobierno cartas colectivas en las que renuncian a la condición de objetor y piden ser llamados a filas. El Gobierno no admite las denuncias. Su decisión era a toda costa dar pasos para implantar la prestación sustitutoria. Esta declaración la hicieron colectivamente unos 2000 objetores.

Los nuevos objetores de conciencia en vez de buscar el “reconocimiento legal” de la condición de objetores, deciden iniciar la INSUMISIÖN de forma directa, mediante la negativa incluso, a pasar por la oficina que juzga las conciencias y pasar al enfrentamiento directo con la Institución Militar. Es entonces cuando los objetores se plantan ante las autoridades militares para dejar su NO claro y rotundo; NO al ejército, NO a la prestación sustitutoria y NO a la ley de objeción. Provocan así la INSUMISIÖN como enfrentamiento que desenmascara el verdadero objetivo de la objeción de conciencia, el militarismo.
La insumisión se inicia mediante la no presentación de ningún tipo de solicitud al C.N.O.C, es decir dejándose alistar por el procedimiento habitual, optando por no incorporarse a filas, presentándose colectivamente en los Gobiernos Militares y en los Juzgados Civiles, donde se hace entrega de un duplicado de la documentación remitida previamente al Cuartel Militar.

La respuesta del poder es bastante irregular y difiere en cada caso. En ningún momento se da una represión masiva, conforme a la legalidad, ya que llenaría las prisiones de presos de conciencia y sería negativo para la opinión pública. Tampoco pueden dejar que la insumisión quede impune, ya que la sociedad perdería el miedo que sostiene al ejército. La solución ha sido la represión selectiva mediante mecanismos legales, prisiones preventivas de muchos insumisos, juicios y encarcelamientos de unos pocos.

Aquellos que optan por realizar la P.S.S. al ser reconocidos por el Consejo crean la Asociación de Objetores de Conciencia (A.O.C.), son los llamados “prestacionistas”.

En el año 1986 se producen los primeros encarcelamientos a objetores sobrevenidos, a los que se juzga como desertores, comenzando las movilizaciones que se prolongarán con el tiempo pues cada vez es mayor el número de objetores de conciencia encarcelados.

Así en un artículo publicado en Historia 16 por el juez Navarro dice: “ La tipificación penal de la Insumisión y la existencia de centenares de insumisos en nuestras cárceles constituye un escándalo institucional y un atentado contra la justicia. “

Los datos están tomados de “ LA HISTORIA DE LA OBJECIÓN DE
CONCIENCIA EN EL ESTADO ESPAÑOL. UNA ALTERNATIVA DE PAZ.
Comisión de Paz y Objeción de Conciencia Del Consejo Local de la Juventud de Córdoba. Área de Cultura-Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Córdoba.

Alternativa Antimilitarista - Moc
Administración RSS