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Cerremos la OTAN / NATO-ZU

Información legal sobre el bloqueo noviolento a la cumbre de la OTAN en Estrasburgo

Información legal sobre el bloqueo noviolento a la cumbre de la OTAN en Estrasburgo

POSIBLES CONSECUENCIAS LEGALES DE NUESTRA ACCIÓN

Un bloqueo noviolento puede constituir una “concentración ilícita” según el CP 431-3 (CP = Código Penal Francés) [1]. El castigo posible por “participación voluntaria en una concentración ilícita” es, según el CP 431-4, una sentencia de hasta un año de cárcel y una multa de hasta 15.000 € [2]. Aunque esto pueda resultar chocante, no debemos olvidar que se trata de sentencias máximas. Las prácticas de la policía francesa van dirigidas no tanto a detener a todo el mundo como a dispersar una multitud y arrestar al azar a unas pocas personas (más sobre las tácticas de la policía francesa abajo). La experiencia francesa con las sanciones es que normalmente la gente recibe multas de unos 500 € o, en raros casos, una sentencia de un mes de cárcel con libertad condicional. En cualquier caso, debemos señalar que no hay nada que lo garantice.

Una posibilidad adicional es una acusación bajo el CP 431-9, “la organización de una manifestación en autopista pública sin aviso previo de acuerdo a las condiciones establecidas por la ley” [3]. Esto lleva aparejada una condena de 6 meses de cárcel y una multa de 7500 €. Se trata de una acusación potencial para cualquiera que sea percibido como “organizador” del bloqueo. En la práctica, los activistas franceses no tienen constancia de nadie que haya sido acusado o condenado por este delito. Pero la policía podría usarlo para presionar o asustar a la gente.

También la ley de tráfico aporta acusaciones que podrían ser aplicadas a nuestra acción. El CR 412-1 (Código de Circulación) [4] sobre [la colocación de objetos en una vía pública que formen un obstáculo para los coches o] el uso de cualquier medio para obstruir el tráfico, establece un castigo de hasta 2 años de cárcel y una multa de 4500 €. Aunque una aglomeración de personas no puede ser vista como la colocación de un objeto en una vía pública, puede ser considerada como un medio para obstruir el tráfico. Sin embargo, hasta donde saben los activistas franceses, este artículo nunca ha sido usado contra los bloqueos. La acusación más probable es la contenida en CP 431-4.

Puede que sean relevantes otras acusaciones que llevan aparejadas menores sanciones, pero que permiten un proceso legal más fácil, lo que las haría aplicables con más probabilidad. Estas acusaciones pueden ser:
-  Código Penal CP R644-2: dejar objetos que obstruyan el tráfico en la vía pública, que puede ser sancionada con una multa. [5]
-  Código de Circulación CR R412-51: colocar un objeto o dispositivo en la vía pública que obstruya el tráfico y negarse a obedecer la orden de la policía de retirar ese objeto o dispositivo. Esto puede llevar a una multa. [6]

En ambos casos se trata de una infracción de cuarto nivel, lo que significa que es posible una multa máxima de 750 €. Según los activistas franceses, las personas no pueden ser consideradas como objetos o “dispositivos”, pero sí los candados. En cualquier caso, aunque estas acusaciones permitirían un procesamiento más sencillo no tenemos constancia de que hayan sido utilizadas hasta ahora. Se incluyen aquí sólo como una posibilidad más.

PROCEDIMIENTO LEGAL

Una buena explicación sobre el procedimiento penal francés puede encontrarse en http://www.guidejuridique.net/ en francés. Otras guías legales más extensas en otros idiomas están todavía en desarrollo. Aquí damos solamente un somero repaso de los procedimientos.

En Francia, la policía siempre tiene derecho, aunque no estemos haciendo nada malo, a retenernos durante 4 horas como máximo para lo que normalmente es una comprobación de identidad. Todo lo que tenemos que responder es lo que aparece en nuestro documento de identidad o pasaporte. El consejo es no decir más de los que allí aparece (Código de Procedimiento Penal CPP 78-3). Para “no tengo nada que declarar”, se dice en francés “je n’ai rien à déclarer”. Si tras estas 4 horas no se nos ha notificado que estemos detenidos (garde à vue), podemos marcharnos sin más.

Entonces la policía tiene la posibilidad de tenernos detenidos durante 24 horas para investigar (llamada garde-à-vue). En cualquier caso, las primeras 4 horas están incluidas en estas 24 horas (CPP 78-4). Este periodo puede prolongarse otras 24 horas. En este periodo podemos ver a un abogado “’commis d’office”, es decir, un abogado de guardia proporcionado por las autoridades judiciales. Varios de estos abogados son parte del equipo legal. También podemos solicitar un intérprete o un médico.

Después de esta garde-à-vue, junto a la puesta en libertad sin procesamiento posterior, existen varias posibilidades de procedimiento:

-  Ser puestos en libertad con una citación para juicio en una fecha posterior. Esta citación puede sernos enviada también más tarde.
Ser llevados ante el fiscal de distrito (procureur). Éste puede decidir llevarnos a juicio. En este caso tendremos juicio entre 10 días y 2 meses después. En este caso no es posible la detención preventiva (CPP 394), pero puede imponerse una fianza.

El fiscal puede también decidir llevarnos a juicio por el procedimiento rápido (comparution immédiate). En este caso podemos tener un juicio ese mismo día (CPP 395) o hasta 3 días laborables después. En el último caso, la detención preventiva debe ser aprobada por un juez (para una acción el sábado 4 de abril esto quiere decir como máximo el miércoles 8 de abril). Solamente podemos ser juzgados inmediatamente con nuestro consentimiento por escrito (dado en presencia de un abogado). Si no damos el consentimiento, el juicio tienen lugar en un plazo máximo de 2 meses. El gran riesgo en este procedimiento es que podemos ser puestos en detención preventiva y que las sanciones suelen ser más duras que en un caso bien defendido con tiempo para la preparación.

-  El fiscal puede decidir también que es necesaria una mayor investigación y enviarnos a un juzgado de investigación. En este caso ya no es posible un procedimiento rápido. Este caso es bastante improbable para la acción que se llevará a cabo.

El procesamiento es posible también para las infracciones o categorías menores de delitos. En este caso es posible un procedimiento simplificado, lo cual excluye el contraste de versiones. El “juge de proximité“o “juge de tribunal de police’”decide imponernos una multa basándose en los informes policiales y sin escuchar nuestra declaración antes. Recibiremos una notificación de esta decisión y una orden de pago. Entonces tendremos 30 días para apelar la decisión, lo que nos obligará a comparecer más tarde en un juicio. Como se trata de un procedimiento mucho más sencillo, tiene altas probabilidades de ser aplicado. Pero no excluye la posibilidad de procesamientos más duros.

En el peor de los casos (comparution immédiate), para evitar la detención preventiva, tendremos que dar garantías de que compareceremos. Esto quiere decir que habrá que probar que somos personas dignas de confianza que tenemos una posición estable en la sociedad. Para ello es importante poder demostrar que tenemos un domicilio fijo y un trabajo estable (contrato de trabajo, tarjeta de estudiante...). Aunque estamos en el peor los casos y no es muy probable que se dé, está bien que vayamos preparados y tener a mano estas pruebas para el abogado.

JUSTIFICACIÓN LEGAL

El Código Penal CP 122-7 afirma: “Una persona no es penalmente responsable si se ve enfrentada con un peligro presente o inminente para sí misma, para otra persona o propiedad, y lleva a cabo un acto necesario para garantizar la seguridad de la persona o propiedad, excepto cuando los medios usados sean desproporcionados respecto a la gravedad de la amenaza.

Se puede argumentar que el peligro inminente es la preparación de crímenes de guerra y las violaciones de la ley internacional en la cumbre de la OTAN, lo cual intentamos prevenir mediante nuestros bloqueos. Sin embargo es improbable que un tribunal respalde nuestra argumentación.

LA SITUACIÓN DE LOS EXTRANJEROS

Si eres sentenciado a una condena de cárcel sin libertad condicional, entonces la sentencia se cumple normalmente en tu país de residencia. Esto se basa en un tratado de traslado de presos para cumplir las sentencias en su propia país de origen.

El plazo de prescripción (hasta cuando puedes ser acusado o se puede hacer cumplir una sentencia) depende del artículo bajo el que hayas sido sentenciado:

-  Falta o infracción (contravention) (CR R412-51, CP R644-2): 3 años según el CP 133-4
-  Delito (délit) (CP 431-4 / CP 431-9 / CR L412-1): 5 años según el CP 133-3

Generalmente, como ciudadano no francés, sólo es posible una prohibición de entrada en el territorio francés cuando la participación en la asamblea ilícita se hace portando armas, lo cual no es por lo tanto nuestro caso (CP 431-7, 431-8, 431-11, 431-12).

Existe también la posibilidad de deportar a personas por razones de orden público (esto es una excepción de la ley sobre libertad de circulación de la UE para trabajadores, servicios, etc.) Se trata de un acto puramente administrativo no relacionado con la ley penal. En sí mismo no evita que más tarde puedas volver a Francia. No sabemos si tales medidas han sido usadas en Francia. Ver el texto del equipo legal para más información

POLICÍA FRANCESA

La policía francesa puede actuar de manera diferente a como estamos acostumbrados en otros países. La policía francesa suele usar gases lacrimógenos para disolver a las multitudes, y utiliza fácilmente la violencia contra las manifestaciones. Debemos tener esto en cuenta cuando planeamos nuestras tácticas.

Es importante evitar cualquier cosa que pueda ser percibida por la policía como una amenaza. Esto significa que algunas tácticas que pueden haber funcionado bien en Alemania hasta ahora, pueden conducir a una respuesta violenta de la policía francesa, posiblemente con el uso de gases lacrimógenos y porras.

Como NATO-ZU / Cerremos la OTAN tenemos la intención de comunicar con antelación a la policía el carácter noviolento de nuestra acción. Habrá personas a cargo de estar en contacto con la policía durante la acción.

Como consejo general:

-  Evitad correr
-  Evitad poneros frente a los cordones policiales en grandes grupos
-  Sentaos o tumbaos en el suelo cuando estéis frente a la policía, si es posible más dispersos de lo normal. Sin embargo, no hagáis esto cuando la policía ya esté cargando contra vosotros.
-  El enlace con la policía debe buscar activamente el contacto con la policía una vez se ha iniciado cualquier tipo de bloqueo, o cuando es probable que se produzca una confrontación.

Nada de esto garantiza que la policía no use gases lacrimógenos o violencia contra nosotros, pero al menos tiene el objetivo de minimizar la probabilidad de una respuesta violenta por parte de la policía

Por favor seguid las actualizaciones sobre los contactos de NATO-ZU / Cerremos la OTAN en nuestro sitio web.

Notas y textos legales originales

El código penal francés se puede encontrar en:
- Francés:
http://www.legifrance.gouv.fr/affichCode.do?cidTexte=LEGITEXT000006070719&dateTexte=20090313
- Alemán: http://archiv.jura.uni-saarland.de/BIJUS/codepenal/index.html (no necesariamente 100% actualizado)
- Inglés: http://195.83.177.9/code/liste.phtml?lang=uk&c=33
- Español: http://195.83.177.9/code/liste.phtml?lang=esp&c=56
[1] El CP 431-3 dice:

“Constituye una asamblea ilícita toda reunión de personas en la vía pública o en un lugar público susceptible de alterar el orden público.

Una asamblea ilícita podrá ser disuelta por la fuerza pública tras dos órdenes de disolución que no hayan surtido efecto, dirigidas por el prefecto, el subprefecto, el alcalde o uno de sus tenientes de alcaldes, cualquier oficial de policía judicial responsable de la seguridad pública, o cualquier otro oficial de policía judicial, que porte las insignias de su cargo.

Se procederá a comunicar estas órdenes de forma adecuada para informar a las personas que participen en la asamblea ilícita de la obligación de dispersarse sin demora; estas formas serán concretadas por decreto del Conseil d’Etat, que determinará igualmente las insignias que deberán portar las personas mencionadas en el párrafo anterior.

No obstante, los representantes de la fuerza pública a los que se recurra para disolver una asamblea ilícita podrán hacer uso directo de la fuerza si se ejercen actos de violencia o si no pueden defender de otra forma el terreno que ocupan.”

[2] CP 431-4

“El hecho, cometido por quien no porte un arma, de continuar participando voluntariamente en una asamblea ilícita después de que hayan sido comunicadas las órdenes será castigado con un año de prisión y multa de 15.000 euros.”

Hay que tener en cuenta que el Código Penal francés siempre contiene sentencias máximas, a pesar de que el enunciado puede sugerir que el tribunal no tiene otra opción.

[3] CP 431-9

“Será castigado con seis meses de prisión y multa de 7.500 euros el hecho de:
1º Haber organizado una manifestación en la vía pública que no haya sido objeto de comunicación previa en las condiciones fijadas por la ley;
2º Haber organizado una manifestación en la vía pública que haya sido prohibida en las condiciones fijadas por la ley;
3º Haber realizado una comunicación incompleta o inexacta susceptible de inducir a error sobre el objeto o las condiciones de la manifestación proyectada.”

[4] Código de Circulación (Code de la Route): CR L412-1

“El hecho, con vistas a obstaculizar o perturbar la circulación, de situar o intentar situar en una vía abierta a la circulación pública, un objeto que haga de obstáculo al paso de vehículos o emplear, o intentar emplear un medio cualquiera para poner obstáculos, será castigado con dos años de prisión y 4500 euros de multa.

Toda persona culpable de alguna de las infracciones previstas en el presente artículo, incurre igualmente en la pena complementaria de suspensión durante como máximo tres años del permiso de conducir, suspensión que puede ser limitada a la conducción fuera de la actividad profesional.

Si el delito previsto en el presente artículo es cometido con ayuda de un vehículo, la inmovilización y la puesta en depósito pueden ser prescritas en las condiciones previstas en los artículos L. 325-1 a L. 325-3.

Los delitos previstos en el presente artículo dan lugar de pleno derecho a la reducción a la mitad del número máximo de puntos del permiso de conducir.”

[5] CP R644-2

“El hecho de perturbar la vía pública situando o dejando en ella sin necesidad materiales u objetos cualesquiera que obstaculicen o disminuyan la libertad o la seguridad de paso está castigado con la multa prevista para las infracciones de cuarta clase.

Las personas culpables de la infracción prevista en el presente artículo incurren igualmente en la pena complementaria de confiscación del objeto que ha servido o ha sido destinado a cometer la infracción, o de la cosa que es producto de ello.”

[6] CR R412-51

“El hecho, para toda persona que sitúe en una vía abierta a la circulación pública o en sus accesos inmediatos un objeto o dispositivo que dificulte la circulación, que no obedezca las conminaciones dirigidas a retirar dicho objeto o dispositivo por parte de alguno de los agentes habilitados para constatar las infracciones en materia de circulación viaria, será castigado con la multa prevista para las infracciones de cuarta clase.

Cuando la infracción prevista en el presente artículo se cometa con ayuda de un vehículo, la puesta en depósito puede ser prescrita en las condiciones previstas en los artículos L. 325-1 a L. 325-3.”


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