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Amnistía Internacional

Turquía: El objetor de conciencia Mehmet Tarhan es un preso de conciencia y debe ser liberado de inmediato

Turquía: El objetor de conciencia Mehmet Tarhan es un preso de conciencia y debe ser liberado de inmediato

Amnistía Internacional siente una honda preocupación por la salud y seguridad del objetor de conciencia Mehmet Tarhan, de 27 años de edad, que en la actualidad cumple una condena de cuatro años de cárcel en la prisión militar de Sivas, por dos delitos de insubordinación después de negarse a realizar el servicio militar. Al parecer, durante su encarcelamiento Mehmet Tarhan ha sufrido graves malos tratos. Además, en la actualidad puede ser sometido a una exploración física forzada que equivaldría a trato cruel, inhumano y degradante y constituiría una violación de su derecho a la intimidad. Amnistía Internacional considera que Mehmet Tarhan es un preso de conciencia y pide su liberación inmediata e incondicional.

Mehmet Tarhan declaró por primera vez su objeción de conciencia al servicio militar el 27 de octubre de 2001, en una conferencia de prensa celebrada en Ankara, cuando declaró: «Condeno cualquier forma de violencia y creo que contribuir a ella o aprobarla sólo producirá más violencia y todas las personas serán responsables de las consecuencias. Creo que las guerras provocadas por los Estados poderosos son en primer lugar y sobre todo una violación del derecho a la vida. La violación del derecho a la vida constituye un crimen contra la humanidad y ninguna convención o ley internacional puede justificar este crimen, cualquiera que sea la razón aducida. En consecuencia, declaro que bajo ninguna circunstancia colaboraré con ese crimen. No serviré a ningún aparato militar.» Tras esta declaración, siguió realizando sus actividades antimilitaristas. El 27 de octubre de 2004 declaró públicamente una vez más su objeción de conciencia. Lo detuvieron por primera vez en Izmir (Esmirna) el 8 de abril de 2005 y fue conducido a una unidad del ejército en Tokat después de negarse a cumplir las órdenes militares. A consecuencia de ello fue recluido en la prisión militar de Sivas del 11 de abril hasta el 10 de junio. Durante ese tiempo al parecer recibió graves palizas y amenazas de muerte de otros presos. Cuando Mehmet Tarhan informó a las autoridades penitenciarias de los abusos, no se adoptó ninguna acción de inmediato para garantizar su seguridad y los abusos continuaron, según la información recibida. Cuando su abogada supo de estos abusos, planteó a la administración de la prisión su preocupación por la seguridad de su representado, y finalmente consiguió que aquélla interviniese.

La objeción de conciencia no está reconocida en la legislación turca. Mehmet Tarhan fue acusado de insubordinación en virtud del artículo 88 del Código Penal Militar Turco. Este delito conlleva una pena de entre tres meses y cinco años de prisión. En la vista que tuvo lugar el 26 de mayo de 2005, los observadores advirtieron signos de magulladuras en el cuerpo de Mehmet Tarhan y que no era capaz de caminar bien. El juicio fue aplazado y la última vista tuvo lugar el 9 de junio. Los observadores advirtieron que Mehmet Tarhan dio muestras de debilidad física. Desde el 26 de mayo había mantenido una huelga de hambre. El fiscal militar aceptó la excarcelación de Mehmet Tarhan dado que ya había pasado dos meses en prisión, el periodo que debería cumplir en caso de ser condenado. Sin embargo, ya en libertad, Mehmet Tarhan fue llamado de nuevo a cumplir servicio militar y una vez más él se negó. Volvió a ingresar en la prisión militar de Sivas hasta que fue juzgado el 10 de agosto; en el juicio lo condenaron a dos años de prisión por cada delito de insubordinación, es decir, a un total de cuatro años de prisión.

Según informes recibidos por Amnistía Internacional, el 30 de septiembre de 2005 un funcionario de prisiones y al menos tres guardias le cortaron el cabello y le afeitaron la barba contra su voluntad mientras era sujetado por al menos siete personas. Al parecer, tras el incidente, Mehmet Tarhan sufría dolores intensos en el cuello, manos, brazo izquierdo y pie izquierdo y no podía girar la cabeza totalmente. Además, los observadores informaron de que presentaba magulladuras en las extremidades. Según los informes, el 1 de octubre de 2005 Mehmet Tarhan fue trasladado a un hospital militar contra su voluntad y examinado por dos médicos militares. Sin embargo, tras el examen, que según los indicios fue superficial -al parecer duró 10 minutos-, le entregaron un informe médico en el que se declaraba que no se habían encontrado señales de golpes en su cuerpo y lo enviaron de vuelta a la prisión militar. Dicho examen supondría una clara contravención del Protocolo de Estambul, que estipula que los reconocimientos médicos deben ser exhaustivos y realizados por médicos civiles. Tras este incidente, Mehmet Tarhan inició una segunda huelga de hambre en protesta por el maltrato recibido por parte de las autoridades de la prisión y por las condiciones antihigiénicas y de falta de espacio en las que presuntamente se encontraba recluido. Según los informes, estaba encerrado en una celda pequeña, sucia y sin ventanas y en ocasiones se lo aislaba; al parecer también se le negaron sus derechos a realizar llamadas telefónicas y a recibir material de lectura, cartas y visitas durante periodos de hasta 15 días consecutivos.

Amnistía Internacional considera que el hecho de que Mehmet Tarhan haya sido juzgado y condenado dos veces por insubordinación contraviene el párrafo 7 del artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, firmado por Turquía, que establece: «Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país». El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en su Opinión 36/1999 sobre un caso similar de un objetor de conciencia turco, Osman Murat Ülke, declaró que su negativa reiterada a realizar el servicio militar era «la misma acción que acarrea las mismas consecuencias y, por consiguiente, el delito es el mismo y no un delito nuevo».

El 2 de noviembre de 2005, en la última decisión relativa al caso de Mehmet Tarhan, el Tribunal Militar de Apelación anuló la condena a cuatro años de prisión impuesta a Mehmet Tarhan el 10 de agosto de 2005 por dos delitos de insubordinación, y devolvió el caso al Tribunal Militar de Sivas. El razonamiento inicial incluido en esta decisión sostenía que la condena era desproporcionadamente elevada y por tanto injusta. Sin embargo, en la decisión definitiva por escrito del Tribunal de Apelación, la anulación fue atribuida al hecho de que la homosexualidad de Mehmet Tarhan -la razón por la cual puede ser considerado «incapacitado para el servicio militar»- no había sido establecida mediante los «procedimientos adecuados de exploración física».

Amnistía Internacional siente una honda preocupación por las consecuencias de la decisión del tribunal, que pueden llevar a que Mehmet Tarhan sea sometido a una exploración física interna que equivale a trato cruel, inhumano o degradante. La homosexualidad no es una de las razones por las que él declaró su objeción al servicio militar; su objeción está causada por motivos de conciencia. Durante el juicio, en agosto de 2004, declaró lo siguiente: «Dado que considero importante llevar una vida humana y creo que un requisito indispensable para ello es que todos los seres humanos lleven una vida humana, declaro una vez más que nunca aceptaré órdenes ni las daré. Creo que la discriminación y la violencia son crímenes contra la humanidad y para evitar cometer ese crimen estoy decidido a no formar parte del ejército, un aparato de violencia basado en la jerarquía que impone sus estructuras jerárquicas a la sociedad; estoy decidido a desobedecer y me opongo a ser convertido en una máquina asesina al emprender un camino en el que se mata y se muere.» A Amnistía Internacional le preocupa que las autoridades turcas están utilizando la orientación sexual de Mehmet Tarhan para eludir el problema más amplio de la objeción de conciencia al servicio militar, un derecho que no está reconocido en Turquía. En efecto, si Mehmet Tarhan «demostrase» su homosexualidad, bien facilitando a las autoridades turcas pruebas fotográficas de sí mismo manteniendo relaciones sexuales, bien sometiéndose a una exploración anal, sería declarado «incapacitado para el servicio militar» y los cargos contra él serían retirados. Sin embargo, él continúa en prisión y Amnistía internacional sigue considerándolo preso de conciencia.

Tras la decisión del Tribunal Militar de Apelación, el caso ha sido devuelto al Tribunal Militar de Sivas, que decidirá las medidas a adoptar. Si decidiese seguir la sugerencia del Tribunal Militar de Apelación, Mehmet Tarhan puede ser llevado a un hospital militar para ser sometido a una exploración física. Esta vista está programada para el 15 de diciembre de 2005. Habida cuenta de las lesiones que, según los informes, sufrió Mehmet Tarhan cuando fue rasurado a la fuerza, Amnistía Internacional siente una honda preocupación por su integridad física y mental en caso de que sea sometido a la fuerza a una exploración anal. El ejército turco utiliza el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales en su segunda revisión (DSM-II). Este manual, que data de 1968, define la homosexualidad como un desorden psicosexual y considera que todos los que padecen esta «enfermedad» están «incapacitados para el servicio». En cambio, la comunidad médica utiliza la herramienta de diagnóstico DSM-IV, del año 2000, que no incluye la homosexualidad entre los trastornos. Amnistía Internacional considera que la orientación sexual no puede ser determinada por un examen físico o mediante pruebas fotográficas de actividad sexual. La organización considera además contrario a la ética que un médico realice una exploración interna sin el consentimiento del paciente si no existe una razón imperiosa (por ejemplo, grave riesgo para el paciente u otras personas). En caso de producirse, Amnistía Internacional consideraría un examen de esa índole un trato cruel, inhumano o degradante. Además, en opinión de la organización, constituiría una violación del derecho de Mehmet Tarhan a su vida privada, tal y como garantiza el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del cual Turquía es Estado Parte.

Según los informes, Mehmet Tarhan puso fin a una huelga de hambre de 34 días de duración el 2 de noviembre de 2005, cuando se atendieron sus demandas de que se emprendiesen acciones legales contra los que lo inmovilizaron y lo rasuraron a la fuerza, y solicitando recibir el mismo trato que otros presos. Tras una investigación realizada sobre los incidentes denunciados por Mehmet Tarhan, acaecidos en la prisión militar de Sivas entre el 11 de mayo y el 10 de junio de 2005, dos funcionarios de prisiones han sido acusados formalmente de conducta indebida y, dos presos, de robo ligado a extorsión. La causa se verá el 29 de diciembre de 2005 en el Tribunal Militar de Sivas.

En Turquía, todos los hombres de entre 19 y 40 años de edad están obligados a realizar un servicio militar de 15 meses de duración. Amnistía Internacional considera preocupante que la legislación turca no reconozca el derecho a la objeción de conciencia y que no existan disposiciones que permitan realizar un servicio civil alternativo a los objetores de conciencia. Las normas internacionales de derechos humanos reconocen el derecho a la objeción de conciencia. La Recomendación Núm. R (87) 8 del Comité de Ministros a los Estados Miembros del Consejo de Europa, relativa a la Objeción de Conciencia al Servicio Militar Obligatorio, de 9 de abril de 1987, declara: «Toda persona obligada al servicio militar que, por motivos imperiosos de conciencia, se niega a participar en el uso de las armas, tiene derecho a ser dispensada de este servicio [...] Estas personas pueden ser obligadas a realizar un servicio sustitutorio». En los últimos años, un reducido número de objetores de conciencia han declarado públicamente en Turquía su negativa a realizar el servicio militar. Normalmente han sido objeto de enjuiciamiento penal.

Amnistía Internacional considera objetor de conciencia a toda persona que, por motivos de conciencia o convicción profunda, se niegue a cumplir el servicio en las fuerzas armadas o a tener cualquier otra participación directa o indirecta en guerras o conflictos armados. Esto puede incluir la negativa a participar en una guerra por no estar de acuerdo con los objetivos de dicha guerra o con la manera en que se libra, incluso cuando la persona en cuestión no se oponga a participar en todas las guerras. Además, Amnistía Internacional considera preso de conciencia a toda persona que sea detenida o encarcelada exclusivamente por habérsele negado el derecho a presentar una objeción de conciencia o a cumplir un servicio civil alternativo real. La organización también considera presos de conciencia a los objetores de conciencia que son encarcelados por abandonar las fuerzas armadas sin autorización por motivos de conciencia cuando, a causa de dichos motivos, hayan tomado medidas razonables para conseguir ser relevados de las obligaciones militares.

Amnistía Internacional desea aprovechar la oportunidad que brinda el 9 de diciembre de 2005, fecha elegida para celebrar un día internacional de acción en apoyo de Mehmet Tarhan, para hacer un llamamiento a las autoridades turcas instándolas a que adopten las medidas siguientes, con el fin de cumplir sus obligaciones en virtud de su legislación nacional y del derecho internacional:

Liberar a Mehmet Tarhan de forma inmediata e incondicional;
Garantizar que Mehmet Tarhan no es sometido a una exploración física por la fuerza;
Reconocer que la orientación sexual de una persona no puede ser determinada mediante «pruebas» fotográficas o exploraciones físicas;
Poner fin de inmediato a la práctica de juzgar varias veces a una persona por el mismo delito;
Reconocer el derecho a la objeción de conciencia;
Establecer un servicio civil alternativo no discriminatorio y con una duración no punitiva para las personas que objetan al servicio militar.

Más información sobre Mehmet en:

http://www.antimilitaristas.org/article.php3?id_article=2176

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